jueves, 20 de mayo de 2010

TECNOLOGÍAS, ADMINISTRACIÓN Y CIUDADANOS


La ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos habla que la Administración debe de estar a la altura de los tiempos acompañando y promoviendo en beneficio de los ciudadanos el uso de las comunicaciones electrónicas. Por tanto, queda obligada la Administración a transformarse en una administración electrónica regida por el principio de eficacia. Dando el salto del "podrán" al "deberán".

Las tecnologías de información y las comunicaciones hacen posible acercar la administración hasta el salón de nuestras casas, permitiendo nuestra relación sin colas ni esperas. Aunque el desarrollo de la administración electrónica es todavía insuficiente.

Se consagra la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos. Podremos acceder a la información y los servicios de su competencia; presentar solicitudes y recursos; realizar el trámite de audiencia como proceda; efectuar pagos o acceder a las notificaciones y comunicaciones, que nos permita la Administración Pública.

Para el acceso necesitamos una serie de dispositivos básicos, como: un equipo informático básico (con scanner), acceso a la red (banda ancha), certificado digital o documento nacional de identidad.

A partir de aquí, todo comienza, pero ¿Es fácil el acceso telemático a las Administraciones públicas?

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